Informe sobre el Estudio de Siniestralidad en Trabajos Temporales en Altura.

Aprobado por la Comisión Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo.

Elaborado por el Subgrupo de Trabajo de Construcción, donde ANETVA ha participado.

El pasado jueves día 15 de febrero, la Comisión Nacional de Seguridad y Salud en el trabajo aprobó, en su pleno, el informe sobre el estudio de siniestralidad en trabajos temporales en altura, elaborado por el Subgrupo de trabajo de construcción.

Este grupo de trabajo en el que han participado expertos de ANETVA representando a la parte empresarial, se constituyó en junio de 2020, y en él además de la parte empresarial, estaban representados la Dirección General de la Inspección de Trabajo, las Comunidades Autónomas y los Sindicatos, siendo el Instituto Nacional de Seguridad y Salud el encargado de la coordinación y la secretaria del subgrupo.

Este informe de siniestralidad analiza los accidentes graves y mortales que se han producido entre el periodo de 2014 y 2018, a partir de los datos obtenidos por las diferentes Comunidades Autónomas.

Tras dicho análisis, se recogen y proponen una serie de puntos críticos y acciones prioritarias a realizar, que están basadas además en el análisis de la normativa y normas técnicas así como en el conocimiento técnico y experiencia de los miembros del Subgrupo de Trabajo.

Tras recogerse una serie de consideraciones previas, se indica que las acciones prioritarias se diseñarán en base a los resultados del estudio, y que ponen de manifiesto que los accidentes se concentran en:

  • Las pequeñas y medianas empresas (PYME), especialmente en empresas de menos de 10 trabajadores.
  • Las obras de edificación.
  • Los siguientes oficios: albañiles, peones, instaladores, encofradores, etc.
  • Las siguientes franjas de edad: 50 a 54 años (22% de los accidentes), seguida de 45 a 49 años (17%) y 40 a 44 años (16%).
  • El tramo de altura de 2-4 m.
  • Trabajos sobre cubiertas y aquellos en los que se utilizan escaleras de mano y andamios y, en un segundo plano, en trabajos sobre encofrados, forjados, muros, balcones y cornisas. Conviene considerar también que los accidentes por caídas con consecuencias más graves se producen desde postes y torres, huecos de ascensores, cubiertas, plataformas elevadoras móviles de personas (PEMP) y durante la realización de trabajos verticales
  • Trabajos sobre cubiertas y aquellos en los que se utilizan escaleras de mano y andamios y, en un segundo plano, en trabajos sobre encofrados, forjados, muros, balcones y cornisas. Conviene considerar también que los accidentes por caídas con consecuencias más graves se producen desde postes y torres, huecos de ascensores, cubiertas, plataformas elevadoras móviles de personas (PEMP) y durante la realización de trabajos verticales

En el informe se detectan 3 puntos críticos, a los que se aplican una serie de acciones prioritarias, que incluyen medidas de actuación a desarrollar en base a las causas y circunstancias que están asociadas a los accidentes de trabajo por caídas en altura en el sector de la construcción, como por ejemplo incrementar: “la sensibilización de las empresas y personas trabajadores sobre este riesgo, el conocimiento técnico en relación con los numerosos requisitos establecidos por la normativa legal y técnica, así como la seguridad intrínseca que ofrecen los equipos de trabajo temporales en altura, las protecciones contra caídas de altura y otros elementos asociados con los trabajos en altura.”

En Anexo I, se detallan los datos estadísticos relativos a los 965 accidentes por caídas en altura analizados, los cuales se clasifican en función de la variables analizadas, en relación con la persona accidentada, en: “el número de trabajadores de la empresa en que trabaja, la actividad empresarial de esta, la ocupación que desempeñaba, su nacionalidad, la gravedad, la gravedad y la altura desde la que se produjo la caída, según el elemento o equipo en el que se produjo la caída, según su edad y según la condición de contratista o subcontratista de la empresa”.

Finalmente el informe recoge una serie de conclusiones que son la consecuencia de los resultados analizado en este, y que de manera resumida, y aparte, y teniendo en cuenta las indicadas anteriormente, son las siguientes:

  • El 85% de las personas trabajadoras accidentadas tenía nacionalidad española.
  • Un 90% de los accidentes estudiados se clasificaron como graves y un 10% como mortales.
  • Los equipos de trabajo o elementos desde los que más frecuentemente se producen los accidentes son: escaleras de mano (26%), cubiertas (23%) y andamios (21%). En un segundo plano, las caídas desde encofrados, forjados, muro, balcón o cornisa representan un 11% de los accidentes. El resto de los equipos o elementos estudiados tienen una presencia significativamente menor (< 5%).
  • Los equipos de trabajo o elementos desde los que las caídas registran mayor porcentaje de accidentes mortales (respecto a los accidentes graves de ese mismo equipo o elemento) son poste, torres (63%) y trabajos verticales (38%). En un segundo nivel, se encuentran los huecos de ascensor (20%), barranco, zanja, talud, ladera (20%), cubiertas (18%), PEMP (16%) y encofrados, forjados, muros, balcón, cornisas (13%). Para el resto de los equipos o elementos estudiados, el porcentaje de accidentes mortales es menor del 10%.
  • Los accidentes producidos desde los equipos o elementos que registran mayor porcentaje de accidentes mortales tienen lugar en franjas de altura mayor.
  • La mayor parte de las actividades en las que se produjo el accidente no se utilizaron de las protecciones colectivas (o, en su defecto, individuales) adecuadas o no se realizó un uso adecuado de las mismas. También se denota deficiencias de carácter organizativo, relacionadas principalmente con el procedimiento de trabajo seguido.
  • Los tramos de edad en que se han concentrado más accidentes son los siguientes: 50 a 54 años (21%), 45 a 49 años (17%), 40 a 44 años (16%) y 35 a 39 años (14%).
  • La mayor parte de las personas trabajadoras accidentadas pertenecen a la empresa contratista: un 70% pertenecen a empresas contratistas frente a un 30%, que pertenecen a empresas subcontratadas.
  • La mayor accidentalidad se produce en personas trabajadoras que tienen poca antigüedad en la empresa, aglutinando los trabajadores de hasta 3 meses de antigüedad un 34% del total de accidentes. En total, más de la mitad de los accidentes (55%) se producen en personas trabajadoras con antigüedad inferior al año (12 meses).
  • Del análisis de causas de accidentes mortales ocurridos en el sector de la construcción en el periodo 2011-2016 se extrae que la principal causa de las caídas de personas es la ausencia/deficiencia de protecciones colectivas frente a caídas de personas (11%). En segundo lugar por un método de trabajo inadecuado (6%) y por la no identificación del/los riesgos que han materializado el accidente (5%). El resto de las causas se encuentran muy distribuidas.

Desde ANETVA recomendamos una lectura completa del informe ( disponible en “Documentos de Interés”, por la transcendencia que tiene, las acciones que se van o pretenden ejecutar y poner en marcha, y por la implicación que puede tener para la actividad de los trabajos verticales. En este sentido, indicar que de los 965 accidentes, supuestamente 8 se calificaron como accidentes de trabajos verticales, 5 graves y 3 mortales, si bien, como indica el propio informe “…no se dispone de una descripción detallada de todos los accidentes analizados, por lo que la información expuesta a continuación refleja únicamente circunstancias que se presentan de forma reiterativa en los accidentes analizados, o sin, darse dicha circunstancia, situaciones o deficiencias que conviene considerar en el análisis realizados”.

Esto en el caso de la actividad de las técnicas de acceso mediante cuerdas, es importante tenerlo en cuenta, pues como siempre se ha defendido desde ANETVA, para que se pueda calificar el accidente laboral por caída de altura de trabajos verticales es necesario que el trabajador vertical se encuentre en suspensión de cuerdas, y en relación con los accidentes que se han analizado en el informe se indica que las deficiencias observadas fueron: “fallo del freno de seguridad, no estar enganchado a la cuerda de seguridad, utilizar el asiento como elemento de seguridad o un fallo del nudo en la cuerda o en la unión de este con el anclaje.”, las cuales pueden ser que se hayan producido cuando el trabajador estaba suspendido de las cuerdas o no, es decir, estando trabajando en la cubierta, en la parte superior del talud, en la parte superior de una edificación, etc., y por tanto no estando en la vertical.

Es también necesario destacar que solo el 1% de los accidentes que se producen por caídas en altura en la realización de los trabajos temporales en altura, se indica que son de trabajos verticales, lo cual es un dato para tener en cuenta, pero que lógicamente debe ser valorado en su adecuada proporción.

Por último, reiteramos la necesidad de una lectura del informe por los datos que aporta, por las acciones que recoge y que se pretenden desarrollar, así como por sus conclusiones, para con ello concienciar, como en él se indica, y conseguir que no se produzcan más accidentes por caídas en altura.

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